viernes, marzo 29, 2024
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¿QUÉ ES EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA Y CUALES SON SUS FUNCIONES ?

El Defensor del Pueblo de la República Dominicana, entidad publica autónoma de rango constitucional, creada mediante la Ley No. 19-01 que crea el Defensor del Pueblo, de fecha 1ro de febrero de 2001 y reconocida por los artículos 80.5, 83.3 y 190-192 de la Carta Magna.

El Defensor del Pueblo es una autoridad independiente, un ejecutor que no se encuentra sujeto a ninguna limitante más que la del apego a la ley. Su característica es la neutralidad. El Defensor del Pueblo tendrá autonomía funcional, administrativa y presupuestaria.

El objetivo esencial del Defensor del Pueblo es salvaguardar las prerrogativas personales y colectivas de los ciudadanos, plasmadas en nuestra Constitución, en caso de que sean violadas por funcionarios de la administración pública. Asimismo deberá velar por el correcto funcionamiento de la administración pública, a fin de que ésta se ajuste a la moral, a las leyes, convenios, tratados, pactos y principios generales del derecho.

En el ejercicio de su ministerio, el Defensor del Pueblo estará investido de plenos poderes y facultades a fin de iniciar, de oficio o a petición de parte, cualquier investigación que conduzca al esclarecimiento de actos u omisiones del sector público y de las entidades no públicas que prestan servicios públicos.

El Defensor del Pueblo o sus adjuntos podrán inspeccionar las oficinas públicas y aquellas entidades prestadoras de servicios públicos, sin previo aviso, y requerir de ellas todos los documentos e informaciones necesarias para materializar su labor, los cuales les serán suministrados de forma gratuita.

Misión

Somos un órgano constitucional independiente dedicado a la construcción de ciudadanía responsable, mediante el empoderamiento social en materia de derechos fundamentales. Que Velamos por el Estado social, democrático de derecho, contribuyendo a la protección de las personas ante la vulneración de sus derechos; con alto sentido de humanidad, accesibilidad, calidad y transparencia.

Visión

Ser un órgano constitucional reconocido nacional e internacionalmente por la construcción de una ciudadanía responsable, protección y tutela de los derechos fundamentales y referente de buenas prácticas en la administración de recursos, integridad de sus servidores y excelencia en sus servicios.

En la República Dominicana se introduce mediante la Ley No. 19-01, de fecha 1 de febrero del año 2001, y aunque se crea oportunamente en los albores de este Siglo XXI, casi una década después, el Congreso Nacional no lo ha puesto en vigencia. Sin embargo, habría que hacer notar que es una necesidad sentida, que reconocen las propias autoridades, pues el Título VIII, artículos 190,191 y 192 de la Constitución proclamada en el presente año 2010, eleva el Defensor del Pueblo a rango constitucional. Se abriga la esperanza de que las cámaras legislativas se dispongan a designar al Defensor o Defensora del Pueblo y sus Adjuntos, y de que finalmente se pueda establecer en los próximos meses esta importante institución.

¿Qué ámbito de acción tiene el Defensor del Pueblo en la República Dominicana?

En la República Dominicana, el Defensor vigilará que los funcionarios públicos y los agentes que presten servicios públicos cumplan con las disposiciones de la Constitución y las leyes, así como el respeto de convenios, tratados y pactos internacionales que han sido ratificados por el Congreso Nacional dominicano.

De manera más específica, el Defensor del Pueblo vigilará que los funcionarios y agentes públicos cumplan con las disposiciones constitucionales, particularmente los inherentes a los derechos fundamentales de la persona, que se encuentran consagrados en Título II, Capítulo I, Secciones I, II, III y IV, Artículos 37 al 67 de la Carta Magna vigente, relativos a los derechos civiles y políticos, a los económicos y sociales, a los culturales y deportivos y a los derechos colectivos y difusos y a los medio ambientales.

PABLO ULLOA

Defensor del Pueblo

Posee Doctorado en Gobierno y Políticas Públicas y Sociedad.

Maestrías en Argentina y España en temas de Cooperación Internacional, Economía y Políticas Públicas.

Máster en Alta Dirección Pública, de la Fundación Global Democracia y Desarrollo (FUNGLODE), 2010.

Máster en Cooperación y Relaciones Internacionales con América Latina, Universidad Rey Juan Carlos. España. 2006.

Experto Universitario en Planificación y Gestión de Proyectos de Cooperación para el Desarrollo. Organización de Estados Iberoamericanos (OEI). 2008.

Post-Grado en Planificación y Formulación de Políticas Educativa, del Instituto Internacional de Planeamiento de la Educación (IIPE / UNESCO), Argentina. Instituto Internacional para la Planificación Educativa / Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) 2007.

Post-Grado en Negocios y Relaciones Económicas Internacionales, de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). 2004.

Post-Grado en Psicología Industrial, de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, 2002

Cursó Licenciatura en Psicología Industrial, en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), 2001

Realizó estudios primarios y secundarios en Ciencias y Letras, realizados en el Colegio Dominicano de la Salle.

Es pasado primer Director Ejecutivo del Tribunal Constitucional de la República Dominicana.

Gerente para proyectos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Banco Mundial (BM), Unión Europa.

Exdirector Ejecutivo de la Fundación RBICG Sport Academy.

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