Reunidos en el Ministerio de Relaciones Exteriores de República Dominicana en el marco de la Comisión Mixta Bilateral Dominico-Haitiana las delegaciones presentes se han puesto de acuerdo en emitir la siguiente Declaración:
Considerando que el Tratado de Paz, Amistad perpetua y Arbitraje firmado el día 20 de febrero del 1929 entre el gobierno de la República Dominicana y la República de Haití, donde se establece el derecho que tienen ambas naciones de utilizar las aguas de los ríos que se encuentran en la zona fronteriza de manera justa y equitativa;
Considerando el interés de las dos naciones en trabajar de manera conjunta para crear los mecanismos que garanticen el manejo sostenible de las cuencas hidrográficas transfronterizas y el uso adecuado de los cursos de aguas binacionales;
Reconociendo, en base a las informaciones presentadas en el día de hoy por los representantes de la delegación de la Republica de Haití y en el espíritu de entendimiento e intercambio de informaciones como se encuentra planteado en el Tratado de 1929, que la obra iniciada en el río Dajabón o Masacre para la captación de agua no consiste en un desvió del cauce del río;
Se acordó:
Seguir compartiendo informaciones relativas a todas las obras en materia hídrica realizadas y a realizarse en la zona fronteriza.
Crear una Mesa Técnica para mejor entendimiento de los trabajos realizados en la zona fronteriza, en el marco de la Subcomisión de Medio Ambiente y Agricultura de esta Comisión Mixta Bilateral, con miras a la conformación de la Mesa Hídrica Binacional.
Elaborar, en el marco de la mesa técnica, un protocolo técnico para el manejo coordinado de todas las cuencas hidrográficas transfronterizas, para garantizar la gestión de los recursos de manera conjunta de acuerdo a lo establecido en el Tratado de 1929 y a las normas de Derecho Internacional.
Las dos partes acuerdan, de considerarlo necesario, gestionar asistencia técnica internacional en la materia.
La presente declaración fue firmada en francés y español ambas igualmente válidas, por el secretario y la secretaria de la Comisión Mixta Bilateral a los veintisiete días del mes de mayo del año 2021.