La Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) valora la reciente promulgación del nuevo Código Penal de la República Dominicana, a través de la Ley núm. 74-25, que sustituirá un marco legal vigente desde 1884. Esta reforma constituye un avance significativo en el proceso de modernización de la principal legislación para la sanción penal contra la criminalidad.
Desde el sector empresarial joven reconocemos que el Código Penal en su forma actual, que se mantendrá en vigor durante los próximos 12 meses, no se ajusta a las exigencias y desafíos del siglo XXI. Apreciamos y reconocemos los esfuerzos de los legisladores para dotar al país de un marco jurídico que incorpora más de 70 nuevos tipos penales, tales como el feminicidio, el crimen organizado, la corrupción, la violencia basada en género, los delitos cibernéticos, el sicariato, la violencia económica y la difusión de deepfakes con fines de chantaje, entre otros. Estos nuevos delitos reflejan de manera significativa las preocupaciones modernas de la sociedad dominicana.
Se hace relevante mencionar que representantes del Poder Ejecutivo y del Congreso Nacional han identificado inconsistencias en el Código Penal recién aprobado, y esta situación debe transparentarse ante la ciudadanía para identificar de manera oportuna las disposiciones que deben ser modificadas e introducidas pertinentemente. Asimismo, es esencial socializar cualquier reglamentación necesaria con los distintos sectores. Consideramos oportuno y responsable señalar algunos elementos del nuevo texto que ameritan revisión y mejora técnica durante el período de vacatio legis, previo a su entrada en vigor en agosto de 2026.
Nos llama la atención la redacción del texto sobre el régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas, particularmente lo expresado en el artículo 8 del nuevo Código Penal y sus artículos subsiguientes, cuya constitucionalidad y razonabilidad debe ser analizada. La disposición en cuestión compromete la responsabilidad de las empresas ante delitos cometidos por “subordinados” en general, obligando a que las empresas sean parte de procesos penales generados por hechos cometidos por empleados o contratistas, aun cuando éstos no ostenten la representación legal de las sociedades comerciales.
Esta nueva regulación exige a todas las sociedades comerciales la implementación de políticas o programas de cumplimiento preventivo y normativo, lo que resultará en un incremento de los costos y cargas regulatorias que desincentivan la formalización de las MIPYMES, sin que la existencia de tales programas constituya un eximente de responsabilidad a las empresas. Esto representa un impacto económico y operativo importante que las empresas deben tomar en cuenta, ya que no se limita a los sujetos obligados de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos, sino que, por lo visto, tendría una aplicación general.
Asimismo, observamos con preocupación que, en el texto aprobado persisten medidas u omisiones que implican retrocesos en materia de derechos fundamentales para las mujeres, adolescentes y niñas. En un país donde aún persisten altas tasas de violencia de género y exclusión estructural, la ausencia de disposiciones claras en temas como las circunstancias que determinan el hecho del feminicidio y la exclusión de la interrupción del embarazo como tipo penal bajo causales específicas constituye un retroceso en materia de derechos y garantías de las mujeres.
ANJE reitera su respeto al principio de libertad legislativa y reconoce el momento histórico y el esfuerzo institucional que ha representado la aprobación y promulgación del nuevo Código Penal. Hoy más que nunca, reafirmamos nuestro compromiso con un Estado de derecho robusto, en el cual el fortalecimiento institucional y la garantía y respeto a los derechos humanos vayan de la mano con la competitividad empresarial y el crecimiento sostenible. Aspiremos a un futuro vivible, con las condiciones materiales, empresariales y sociales que protejan e impulsen las MIPYMES y MIPYMES lideradas por mujeres.