El doctor Antoliano Peralta Romero expuso durante la Jornada de Evaluación sobre la Participación Gubernamental y de la Sociedad Civil en el Proceso de la Reforma Penitenciaria Dominicana.
Santo Domingo.- En el marco de la Jornada de Evaluación sobre la Participación Gubernamental y de la Sociedad Civil en el Proceso de la Reforma Penitenciaria Dominicana, el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, el doctor Antoliano Peralta Romero, disertó este viernes sobre la propuesta de creación del Ministerio de Justicia y sus implicaciones para el sistema penitenciario dominicano.
Su exposición giró en torno a tres elementos principales: 1) Oleada de reformas penitenciarias; 2) Antecedentes del Ministerio de Justicia; y 3) Contenido de la propuesta de creación del Ministerio de Justicia y lugar del sistema penitenciario.
Peralta Romero, inició su ponencia advirtiendo que “hace apenas unas décadas que se inició una oleada de reformas al sistema penitenciario en República Dominicana, el cual estuvo sustentado durante todo un siglo en el Código Penal Dominicano, vigente desde 1884, bajo la influencia del código napoleónico francés”. También hizo referencia al Nuevo Modelo Penitenciario, implementado a partir del año 2004 “con logros puntuales, sin que se hayan podido resolver los graves problemas de sobrepoblación carcelaria, hacinamiento y descontrol de las prisiones dominicanas”.
Asimismo destacó que, en el actual Gobierno fue emitida la Ley núm. 113-21, que regula el Sistema Penitenciario y Correccional en la República Dominicana y crea la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales, bajo la dependencia de la Procuraduría General de la República, institución sobre la cual ha recaído la dirección del sistema penitenciario en la historia reciente. Apuntó, sin embargo, que “esto no siempre fue así en la realidad política y jurídica de la República Dominicana”.
En un breve recuento histórico, Peralta Romero enfatizó que el Ministerio de Justicia nació con la primera Constitución, en 1844, manteniéndose la figura con ciertas intermitencias durante más de un siglo, cuando, finalmente el 10 de diciembre de 1964, durante el Triunvirato, fue promulgada la Ley núm. 485, que suprimió la institución y traspasó la mayor parte de sus funciones a la Procuraduría General de la República.
Recordó que el posible retorno del Ministerio de Justicia lleva ya dos décadas de diálogo político y social, el cual fue reavivado especialmente en los últimos años gracias al impulso dado por el presidente Luis Abinader, lográndose introducir una propuesta acabada en el Congreso Nacional en febrero de 2023 y aprobarse por el Senado un texto enriquecido el pasado mes de junio, luego de la reforma constitucional de 2024, por lo que la propuesta “cada vez está más cerca de convertirse en ley”, solo faltando su conocimiento en la Cámara de Diputados.
También advirtió que de los 22 países que conforman la comunidad iberoamericana, solo en 3 permanecen en manos del Ministerio Público las labores administrativas del gobierno en el ámbito de la justicia, que son Ecuador, Nicaragua y República Dominicana.
Concluyó sus palabras afirmando que la intención del Poder Ejecutivo “es rescatar una figura del diseño institucional original del Estado dominicano, incorrectamente suprimida por las presiones políticas del momento, para que renazca el Ministerio de Justicia como una entidad bien diseñada y coherente con el resto del ordenamiento jurídico, empezando por la propia Constitución, y la cual sea dotada legalmente de las herramientas necesarias para hacer frente a las necesidades de la población dominicana en distintos ámbitos relacionados al sistema de justicia, pero particularmente al sistema penitenciario”.
Implicaciones para el sistema penitenciario
El consultor jurídico del Poder Jurídico apuntaló que el Ministerio de Justicia asumiría la coordinación del Sistema Penitenciario y Correccional, apoyándose en las figuras institucionales del ministro de Justicia, el viceministro de Políticas Penitenciarias y Correccionales y el director general de Servicios Penitenciarios y Correccionales.
En lo que respecta al Viceministerio de Políticas Penitenciarias y Correccionales, este deberá asistir al ministro de Justicia en lo siguiente:
a) La coordinación del Sistema Penitenciario y Correccional.
b) El diseño, planificación y supervisión de las políticas públicas penitenciarias y correccionales.
c) El diseño, planificación y supervisión de las políticas públicas de reinserción social.
d) La función de enlace del Poder Ejecutivo con las organizaciones de la sociedad civil cuyo objeto esté relacionado al sector.
Por su parte, la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales coordinará la ejecución y el seguimiento de los servicios penitenciarios y correccionales, en virtud de las políticas públicas diseñadas por el Ministerio de Justicia.
Adicionalmente, la propuesta legislativa organiza un nuevo Sistema Penitenciario y Correccional para la coordinación interinstitucional de las políticas públicas penitenciarias y correccionales, como un espacio común de intercambio, que reúne a las instituciones públicas y las organizaciones de la sociedad civil vinculadas al sector.