Autor: Rafael Guerrero Peralta
En el debate internacional contemporáneo se ha instalado una peligrosa costumbre como es la condenar unas violaciones al Derecho Internacional mientras se relativizan otras, dependiendo de afinidades ideológicas o conveniencias políticas. Este doble rasero no solo empobrece el análisis; erosiona la credibilidad del orden jurídico internacional y normaliza la impunidad.
Se nos invita a observar determinados escenarios —como el venezolano— desde una óptica aislada, presentándolos como simples disputas geopolíticas o reacciones defensivas frente a presiones externas. Pero ese encuadre es incompleto. Cuando se amplía el lente, aparece un patrón global inquietante: Estados agresores, actores armados no estatales, economías criminales y guerras híbridas operando de manera convergente.
La invasión de Rusia contra Ucrania; el terrorismo transnacional de Hezbollah y ISIS; la persistencia de estructuras guerrilleras y narcopolíticas en Colombia; la captura territorial del Estado por carteles en México; y la actuación de Venezuela como plataforma político-criminal regional responden a una misma lógica: la instrumentalización de la violencia y del crimen para sostener proyectos de poder.
Aquí conviene ser precisos: la soberanía no es un salvoconducto para delinquir. El Derecho Internacional moderno condiciona la soberanía al respeto de la vida, la dignidad humana y la paz entre las naciones. Cuando un Estado protege economías ilícitas, ampara grupos armados, persigue a su población o exporta inestabilidad, pierde legitimidad jurídica y moral. Invocar la soberanía en esos casos equivale a blindar la impunidad.
El argumento que reduce estas realidades a una dicotomía simplista —imperialismo versus resistencia— es jurídicamente insostenible. No existe resistencia legítima cuando se cometen crímenes de lesa humanidad, se financia el terrorismo o se captura el Estado para fines criminales. En tales contextos, la inacción internacional se convierte en complicidad por omisión.
De ahí la centralidad de la responsabilidad penal internacional. El Derecho Penal Internacional desplazó el foco desde el Estado abstracto hacia las personas que deciden y ejecutan. Jefes de Estado, ministros y mandos que ordenan, facilitan o encubren crímenes internacionales no pueden refugiarse en el cargo ni en la retórica política. La Corte Penal Internacional existe precisamente para actuar cuando los sistemas nacionales no quieren o no pueden. Sus limitaciones son evidentes, pero su función es irrenunciable.
Para el Caribe y para la República Dominicana, este debate no es teórico. La convergencia entre autoritarismo, terrorismo y crimen organizado amenaza la seguridad democrática, la economía y la cohesión social. Minimizarlo por simpatía ideológica o cálculo coyuntural es jugar con fuego.
Reflexión final
La historia enseña que la barbarie prospera cuando se la justifica. No hay causa política que legitime el crimen, ni soberanía que excuse la violencia sistemática, ni ideología que esté por encima del Derecho Internacional. La coherencia jurídica y ética no es una opción retórica: es la última línea de defensa frente al caos global.
Dr. Rafael Guerrero Peralta



