Por Redacción Internacional – Pincel Digital
La Corte Suprema de Estados Unidos propinó un importante revés judicial al presidente Donald Trump al invalidar su intento de restringir la ciudadanía por nacimiento, uno de los principios más arraigados del derecho constitucional estadounidense desde hace más de un siglo.
En una decisión adoptada por seis votos contra tres, el máximo tribunal ratificó la vigencia de la interpretación histórica de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución, según la cual toda persona nacida en territorio estadounidense adquiere automáticamente la ciudadanía, independientemente de la situación migratoria de sus padres.
El fallo representa una derrota para uno de los principales ejes de la política migratoria impulsada por Trump desde su regreso a la Casa Blanca. El mandatario había firmado, el mismo día de su toma de posesión el 20 de enero de 2025, una orden ejecutiva que pretendía negar la ciudadanía automática a los hijos de inmigrantes indocumentados y de extranjeros que se encontraran en el país con visas temporales.
La administración Trump argumentó que la práctica conocida como jus soli o «derecho del suelo» había sido interpretada de manera demasiado amplia durante décadas y que permitía que personas sin estatus migratorio regular obtuvieran beneficios derivados del nacimiento de sus hijos en territorio estadounidense. Según la Casa Blanca, la medida buscaba desalentar la inmigración irregular y evitar lo que calificó como un uso indebido del sistema migratorio.
Sin embargo, diversos estados, organizaciones defensoras de los derechos civiles y expertos constitucionalistas impugnaron inmediatamente la orden ejecutiva al considerar que el presidente carecía de facultades para modificar, mediante un decreto, un derecho consagrado en la Constitución. Sostuvieron que cualquier cambio de esa naturaleza solo podría realizarse mediante una enmienda constitucional o una reinterpretación excepcional del texto constitucional por parte de la propia Corte Suprema.
Al mantener el precedente establecido hace aproximadamente 150 años, los magistrados reafirmaron que la ciudadanía por nacimiento constituye una garantía constitucional protegida por la Decimocuarta Enmienda, aprobada en 1868 tras la Guerra Civil estadounidense para asegurar la ciudadanía de todas las personas nacidas en el país, incluidos los antiguos esclavos. La interpretación moderna de esa disposición fue consolidada por la Corte Suprema en 1898, al establecer que prácticamente todos los nacidos en territorio estadounidense son ciudadanos, con excepciones muy limitadas, como los hijos de diplomáticos extranjeros.
La decisión preserva uno de los pilares del sistema jurídico estadounidense y limita el alcance del poder presidencial para modificar derechos constitucionales mediante órdenes ejecutivas. Además, mantiene sin cambios las reglas vigentes para millones de familias inmigrantes que residen en Estados Unidos.
Actualmente, Estados Unidos forma parte de un grupo reducido de alrededor de 30 países que reconocen plenamente el principio del jus soli, entre ellos Canadá, México, Brasil, Argentina, Chile y la República Dominicana. En contraste, numerosas naciones europeas aplican principalmente el principio del jus sanguinis o «derecho de sangre», mediante el cual la ciudadanía se adquiere fundamentalmente por la nacionalidad de los padres y no únicamente por el lugar de nacimiento.
El fallo de la Corte Suprema constituye uno de los pronunciamientos más relevantes sobre inmigración desde el regreso de Trump a la presidencia y marca un límite claro a las facultades del Ejecutivo en materia constitucional, al tiempo que garantiza la continuidad de un derecho que ha definido la ciudadanía estadounidense durante más de siglo y medio.



