sábado, mayo 18, 2024
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GOBIERNO REITERA PARA 2024 SU PLAN DE AUSTERIDAD Y RACIONAMIENTO DEL GASTO PÚBLICO

En continuacion de su esfuerzo por optimizar la administración gubernamental y garantizar el uso eficiente de los recursos públicos, el presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, ha promulgado un decreto con medidas destinadas a la racionalización del gasto público. Estas medidas buscan conciliar la modestia en el ejercicio gubernamental con el correcto funcionamiento del aparato estatal, especialmente en beneficio de los sectores más vulnerables de la sociedad.

El presente decreto tiene como objetivo principal procurar la racionalización de componentes importantes del gasto público a través de la aplicación y cumplimiento de un conjunto de medidas administrativas. Estas medidas son fundamentales para garantizar la eficiencia en la administración pública y promover el buen uso de los recursos disponibles.

Las disposiciones de este decreto aplican a todos los entes y órganos que conforman la Administración Pública bajo dependencia del Poder Ejecutivo durante el año 2024. Esto incluye la Administración Pública Central, la desconcentrada, así como los organismos autónomos y descentralizados. Es importante destacar que el decreto no afecta a los demás poderes del Estado ni a los órganos de rango constitucional, en función del principio de separación de poderes.

Principales Medidas:

1. Prohibición de Compras de Vehículos de Motor: Se prohíben las compras de vehículos de motor, salvo en casos excepcionales que cuenten con autorización escrita del ministro Administrativo de la Presidencia y cumplan con todas las normas aplicables.

2. Restricción en el Uso de Vehículos Oficiales: Se establece la prohibición del uso de vehículos oficiales durante los sábados, domingos y días feriados, salvo autorización previa y expresa del titular de la institución correspondiente para la ejecución de labores institucionales.

3. Control de Viajes Oficiales: Se regula la compra de boletos de viajes oficiales al exterior y la asignación de viáticos, con estricto apego a lo dispuesto en el Decreto núm. 407-23. Además, se prohíbe la compra de boletos en primera clase y se establece la obligatoriedad de liquidar los viáticos según el sistema establecido por el Ministerio Administrativo de la Presidencia.

4. Autorización para Salidas al Exterior: Se prohíben las salidas al exterior de servidores públicos en asuntos oficiales que no cuenten con el permiso correspondiente.

5. Control de Gastos y Compromisos: Se establece la prohibición de compromisos de gastos por conceptos como fiestas, agasajos, donaciones, obsequios y arrendamientos de instalaciones privadas, salvo autorización expresa del ministro Administrativo de la Presidencia.

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