La trata de personas es uno de los delitos más graves, pues implica una violación elemental a la dignidad del ser humano y, por tanto, su prevención y sanción es una prioridad para toda la humanidad. Las víctimas son personas que han sido captadas y retenidas, mediante el uso de la violencia o el engaño, por individuos o grupos delictivos con fines de explotación o esclavitud. Por ejemplo, en 2016, las autoridades dominicanas rescataron a 42 venezolanas y colombianas que estaban siendo explotadas sexualmente por una red criminal en la ciudad de Santiago. Debido a las insuficiencias del sistema y la obsoleta Ley 137-03 sobre tráfico ilícito de migrantes y trata de personas, que no proporciona las medidas o el personal adecuado, las abogadas del ministerio público encargadas del llamado caso Casablanca tuvieron que brindar ellas mismas los cuidados y protección a las víctimas, encerrándose junto a ellas, a riesgo personal, en una vivienda incautada durante dos semanas. Esto fue necesario para que las víctimas pudieran presentar sus testimonios en el caso, antes de regresar a sus países.
Es importante resaltar que, en los cinco años anteriores a 2022, en el país se identificaron y atendieron 900 víctimas de trata, y que, de acuerdo a un estudio en once municipios, en los años 2020 y 2021, el 68% de las víctimas de trata eran de nacionalidad dominicana (es decir trata interna), el 16% eran venezolanas, el 8% colombianas, el 4% estadounidenses y solo 4% haitianas (Tejeda, Vargas y Martine, 2022, “Luchar contra la marea”: Estudio sobre trata de personas en once municipios de República Dominicana).
Debido a las severas deficiencias de la Ley 137-03, el gobierno dominicano viene elaborando, desde 2019, un nuevo anteproyecto de Ley Integral sobre Trata de Personas, Explotación y Tráfico Ilícito de Migrantes, en el marco de la Comisión Interinstitucional contra la Trata y Tráfico Ilícito de Migrantes dominicana (CITIM).
Los principales parámetros internacionales utilizados por la CITIM en el anteproyecto surgen de la Convención contra la Delincuencia Organizada Trasnacional (Convención de Palermo, ratificada por 190 Estados de 193 que integran la ONU) y sus protocolos contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, adoptados por la ONU en diciembre de 2000, y ratificados por el gobierno dominicano en 2006 y 2007. No sería ocioso preguntar ¿quién era el presidente en esos años? Asimismo: ¿quién gobernaba en 2007 cuando el Poder Ejecutivo creó la CITIM?
El expresidente Leonel Fernández alega (Listín Diario, 13/2/23) que una nueva ley sobre trata es innecesaria y se refiere al anteproyecto como si fuera un plan del gobierno “para incorporar los criterios de los pactos mundiales de migración y refugiados de las Naciones Unidades y de la Declaración de los Ángeles.” Esto es totalmente falso. El expresidente bien sabe que el gobierno del presidente Abinader se negó a firmar la Declaración de Los Ángeles sobre Migración y Refugio, pero insiste en mezclar los temas migratorios y de refugio, de manera oportunista a su conveniencia política de candidato, como si fueran equivalentes o sinónimos de trata.
El anteproyecto sobre trata no regula el refugio o el asilo, para los cuales ya existe legislación aparte. Tampoco sustituye o modifica la Ley General de Migración 285-04. Sí tipifica con mayor claridad, alcance y severidad las infracciones de trata de personas y de tráfico ilícito de migrantes, facilitando la persecución penal.
En cuanto a la tipificación del delito de trata, el expresidente Fernández incurre en una ligereza, al criticar que se contemple la esclavitud. La abolición del sistema esclavista obliga a la prohibición permanente del trato esclavizante. Por eso, la vigente Ley 137-03, así como el Protocolo de Palermo, que él ratificó, explícitamente señalan “la esclavitud o prácticas análogas” como conductas típicas de la trata de personas. En este contexto, se refiere a las actuaciones delictivas de los tratantes sobre las víctimas, al comportarse como si fueran sus dueños.
Otro desacierto del expresidente es su enfoque sobre las personas protegidas o identificadas en el anteproyecto, que son tres grupos:
1. Las personas víctimas de trata, mencionadas al inicio de este artículo, beneficiarias de los programas de atención, asistencia y protección, y del principio de no devolución.
2. Cuando se refiere a tráfico ilícito de migrantes, el anteproyecto busca perseguir a las personas o entidades responsables de ese delito. Las personas objeto de tráfico ilícito no son consideradas víctimas para esta ley y por lo tanto no reciben ninguno de los beneficios.
3. Los menores de edad y personas con discapacidades psíquicas o mentales que han sido objeto de tráfico ilícito de migrantes son beneficiarios de los programas de atención, asistencia y protección, temporalmente, ya que, si son extranjeros, son sujetos de devolución.
El principio de no devolución es una regla firmemente establecida en el derecho internacional que nuestras autoridades siempre han observado; resulta, además, obligatorio por diversos tratados ratificados por el Estado dominicano, de los más importantes cuando el ejercía el poder ejecutivo. Un Estado no puede devolver un extranjero a un país en el cual su vida o su libertad corran peligro por razones de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, o por sus opiniones políticas. Mas, este principio no ha sido obstáculo para que nuestro país ejerza la repatriación de migrantes irregulares, ya que es el país donde se encuentre el extranjero el que tiene el derecho a decidir, soberanamente, si el riesgo es real o no.
Aparentemente el expresidente Fernández tiene el interés de instrumentalizar la crisis haitiana y el tema de la inmigración irregular a nuestro país. Sobre la crisis, el presidente Luis Abinader ha sido firme y consistente al reclamar ante la comunidad internacional la necesidad imperativa de asistencia a la Policía Nacional Haitiana para frenar la violencia en ese país, enfatizando que no hay solución dominicana a la crisis haitiana. Hay que desenmascarar la hipocresía de una oposición que gobernó por 16 años consecutivos y simplemente toleró la inmigración irregular e incumplió las normas sobre la materia. Según la Encuesta Nacional de Inmigrantes 2017 (ENI-17), el grueso de los inmigrantes que había en 2017 (el 71.5%) ingresó durante los gobiernos del PLD, de Leonel Fernández y Danilo Medina.
Otro encubrimiento sobre este mismo tema reside en el hecho de que el expresidente Fernández tardó siete años en adoptar el reglamento obligatorio para la aplicación de la Ley 285-04, nunca convocó al Consejo Nacional de Migración y tampoco adoptó el plan de regularización de extranjeros ordenado por la ley. Esto muestra fehacientemente su poco compromiso por resolver este asunto; todo lo cual ha hecho mucho más difícil encontrar hoy una solución adecuada.
Resulta inadmisible que ahora, el expresidente Fernández utilice una retórica política engañosa, menoscabando los derechos fundamentales de mujeres y niñas. Es vital que todos los dominicanos, sin importar nuestras diferencias políticas, nos unamos en la defensa de nuestro país y la protección de nuestras leyes. El gobierno del presidente Abinader ha sido claro en su inquebrantable compromiso en ladefensa de la soberanía y los intereses nacionales, y a la vez en el cumplimiento de las obligacionesinternacionales del Estado, sin caer en la instrumentalización del sufrimiento humano que afecta a los haitianos.
El anteproyecto fue retirado para generar los consensos necesarios. Hay que recordar, sin embargo, que las víctimas de la trata, en la mayoría dominicanas y dominicanos, siguen esperando protección y justicia. No debemos abandonarlas en su dolor y sufrimiento y en ese sentido, como ciudadanos o servidores públicos,tenemos que perseverar en la lucha contra este flagelo.