Por Dr. Rafael Guerrero Peralta
Los recientes acontecimientos en Haití, particularmente los enfrentamientos entre las bandas armadas y las fuerzas internacionales desplegadas bajo autorización del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, obligan a examinar con renovada atención las posibles consecuencias para la seguridad nacional de la República Dominicana.
El secuestro de integrantes del contingente salvadoreño y la respuesta anunciada por el presidente Nayib Bukele representan una escalada que trasciende la criminalidad convencional. Las organizaciones armadas haitianas han demostrado capacidad para desafiar a las instituciones de su país y enfrentar directamente a fuerzas extranjeras comprometidas con el restablecimiento de la seguridad.
Esta situación introduce una variable estratégica que no puede pasar inadvertida: una intensificación de las operaciones militares podría provocar desplazamientos de población, dispersión de estructuras criminales y movimientos hacia territorios menos expuestos a los enfrentamientos.
La República Dominicana, por su condición geográfica, no puede permanecer ajena a esas posibilidades.
Sin embargo, reconocer la existencia de riesgos no significa anunciar una amenaza inminente ni promover medidas extraordinarias sin fundamento. La seguridad nacional exige distinguir entre los acontecimientos comprobados, las amenazas potenciales y los escenarios que deben contemplarse preventivamente.
Una ofensiva militar contra organizaciones irregulares puede producir resultados favorables en el terreno y, simultáneamente, generar consecuencias no previstas. La recuperación de posiciones no garantiza por sí sola el control permanente del territorio. Los grupos armados pueden dispersarse, reorganizarse o intentar escapar de las operaciones, mientras la población civil busca refugio lejos de las zonas de enfrentamiento.
En ese contexto, la posibilidad de movimientos humanos hacia la frontera dominicana merece una evaluación seria, sin confundir a las familias desplazadas por la violencia con integrantes de organizaciones criminales que pudieran intentar evadir la persecución de las autoridades.
Se trata de realidades diferentes que demandan respuestas igualmente diferenciadas.
El artículo 10 de la Constitución dominicana declara de supremo y permanente interés nacional la seguridad y el desarrollo de la zona fronteriza. Por su parte, el artículo 252 atribuye a las Fuerzas Armadas la defensa de la independencia, la soberanía y la integridad territorial.
Estas disposiciones no solamente legitiman la protección de nuestras fronteras, sino que establecen responsabilidades permanentes para las instituciones encargadas de garantizarla.
La defensa territorial, sin embargo, no puede reducirse a la presencia de efectivos militares ni a la construcción de barreras físicas. La seguridad fronteriza moderna descansa en la inteligencia oportuna, la vigilancia continua, la movilidad operativa, la coordinación institucional y la capacidad de anticipar acontecimientos.
Una frontera puede contar con numerosos soldados y continuar siendo vulnerable si las informaciones no circulan oportunamente entre las autoridades competentes o si los mecanismos de respuesta carecen de coordinación.
De ahí la importancia de mantener una evaluación conjunta entre el Ministerio de Defensa, los organismos de inteligencia, el Cuerpo Especializado en Seguridad Fronteriza Terrestre, la Dirección General de Migración, la Policía Nacional y el Ministerio Público, cada uno dentro de sus atribuciones legales.
El debate nacional no debería concentrarse exclusivamente en determinar si resulta necesario incrementar la cantidad de tropas desplegadas. La verdadera cuestión consiste en establecer si el dispositivo existente dispone de las capacidades necesarias para responder a una alteración repentina de las condiciones de seguridad.
No se trata de cuestionar decisiones militares sustentadas en informaciones que no necesariamente son de conocimiento público. Se trata de reconocer que la planificación preventiva constituye una obligación permanente del Estado, especialmente cuando el territorio vecino atraviesa una situación de violencia extraordinaria.
Desde la perspectiva del derecho internacional, la República Dominicana conserva plenamente su facultad soberana de controlar el ingreso a su territorio, impedir incursiones armadas y perseguir las actividades criminales que comprometan su seguridad.
Pero conviene precisar que una crisis migratoria, por grave que resulte, no constituye automáticamente un ataque armado en los términos del artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas. La legítima defensa internacional responde a presupuestos jurídicos específicos y no puede confundirse con las atribuciones ordinarias de control fronterizo y mantenimiento del orden público.
Asimismo, las actuaciones frente a personas desplazadas deben ajustarse a la legislación nacional y a las obligaciones internacionales aplicables, particularmente cuando existan necesidades individuales de protección.
La firmeza del Estado no se debilita por el respeto al derecho. Por el contrario, encuentra en él su legitimidad.
Otro aspecto que merece atención es la posible proyección transfronteriza de las redes criminales. Las organizaciones armadas no necesitan ocupar territorio extranjero para extender sus actividades. Pueden intentar establecer mecanismos de abastecimiento, ocultamiento, financiamiento, tráfico ilícito o protección de sus integrantes.
Por esa razón, la respuesta no corresponde exclusivamente a las Fuerzas Armadas. Requiere investigaciones policiales, cooperación judicial, inteligencia financiera y coordinación internacional.
La crisis haitiana también puede repercutir sobre el comercio fronterizo, los servicios sanitarios y la estabilidad de las comunidades dominicanas próximas a la línea divisoria. Una emergencia de gran magnitud pondría a prueba no solamente las capacidades militares, sino también la organización administrativa y humanitaria del Estado.
Resulta indispensable, por tanto, que la planificación contemple diferentes escenarios, desde desplazamientos limitados de población hasta situaciones extraordinarias que demanden respuestas interinstitucionales.
La comunidad internacional tiene una responsabilidad importante en la estabilización de Haití. No obstante, ninguna misión extranjera puede sustituir indefinidamente la reconstrucción de sus instituciones, el fortalecimiento de su sistema judicial y la recuperación de la autoridad legítima del Estado.
La República Dominicana no está llamada a resolver militarmente la crisis haitiana, pero sí tiene el deber de proteger su territorio y prepararse para las consecuencias que pudieran derivarse de ella.
La prudencia estratégica no debe confundirse con pasividad, como tampoco la preparación preventiva debe interpretarse como una provocación.
En materia de seguridad nacional, las decisiones más importantes suelen adoptarse antes de que las amenazas se materialicen.
Las crisis de seguridad de gran magnitud no siempre se detienen en los límites territoriales de los Estados donde se originan. Sus repercusiones pueden manifestarse más allá de las fronteras mediante desplazamientos humanos, alteraciones económicas, expansión de redes criminales y presiones sobre las instituciones de los países vecinos, aun cuando no exista una confrontación militar directa.
Por ello, la República Dominicana necesita mantener una política de vigilancia, prevención y coordinación institucional proporcional a la evolución de los acontecimientos, acompañada de una comunicación pública responsable que evite tanto el alarmismo como una confianza carente de fundamentos verificables.
La soberanía no se protege únicamente cuando se produce una incursión. Se defiende también mediante la inteligencia, la previsión y la capacidad de respuesta del Estado.
La frontera dominico-haitiana exige firmeza, serenidad y sentido de responsabilidad nacional. Porque, cuando la seguridad de un país vecino se deteriora hasta comprometer su propia autoridad territorial, la primera obligación de un Estado responsable no es esperar que la crisis alcance sus fronteras, sino prepararse para impedir que sus consecuencias comprometan la paz y la seguridad de su población.




